DÉCIMA SEXTA CONSTITUCIÓN DEL ECUADOR

2008

 

Se garantiza la libertad de expresión, en cuanto no signifique calumnia, injuria o insulto personal, el periodismo está regulado, cuyo objeto primordial es la defensa nacional y es un servicio social, queda prohibida la pena del destierro, voto obligatorio para los hombres y optativo para las mujeres.

    DATOS DE INTERÉS

 

      • Gobierno | José María Velasco Ibarra
      • NúmeroDécima Novena - Año 1946-1947
      • Lugar donde se reunió | Quito - Pichincha 
      • Tiempo de Vigencia | 20 años
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